BASES PROMOCIONALES
CONCURSO DE LEADS CHEFLAB ENERO
I. ANTECEDENTES GENERALES
En Santiago de Chile, 17 de Enero de 2024, Smartmarket SpA, rol único tributario número 76.574.308-7, representado por don Diego Meneses Rojas, CI 12636024-K, ambos domiciliados en Av Apoquindo 3323 L2, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en adelante la “Sociedad” ha organizado el siguiente concurso, cuyos términos y condiciones se contienen en el presente instrumento, con el objeto de que un solo ganador reciba una Licuadora Individual inalámbrica Ninja Blast Passion Fruit (BC151PR)
De conformidad a lo que se estipula a continuación:
II.DE LAS PERSONAS QUE PUEDEN PARTICIPAR EN LA PROMOCIÓN
Pueden participar en esta campaña todas las personas naturales, mayores de 18 años de edad, que cumplan las siguientes condiciones:
Que se suscriban al newsletter de la tienda online cheflab.cl ingresando su mail en el pop up de la campaña CONCURSO DE LEADS CHEFLAB ENERO vigente hasta el 29 de Enero de 2024.
Que tengan un correo electrónico válido.
III. MECÁNICA DE LA PROMOCIÓN.
1. El día 17 de Enero de 2024 se publicará el pop up del concurso en el sitio web www.cheflab.cl desde donde se podrá comenzar a participar.
2. El concurso consiste en ingresar el correo de contacto del usuario en el formulario de suscripción a la base de datos de la tienda. Entre todos los inscritos, se sorteará una Licuadora Individual inalámbrica Ninja Blast Passion Fruit (BC151PR)
Los usuarios al ingresar sus datos aceptan recibir emails de la marca ChefLAB y de todas las marcas comercializadas por Smartmarket, con promociones y novedades de las tiendas. Este concurso es válido solo y únicamente para suscriptores nuevos.
Este concurso no dará derecho a participar a aquellos suscriptores que realicen cualquier otra acción, que sea incompatible con el concurso vigente.
IV. VIGENCIA DE LA PROMOCIÓN
1. El presente concurso estará vigente desde el día miércoles 17 de Enero del 2024 hasta el Lunes 29 de Enero del 2024 a las 23:59 horas, ambas fechas inclusive.
Sin perjuicio de lo anterior, la Sociedad, se reserva el derecho a renovar la vigencia de esta promoción mes a mes y, por ende, a otorgar el premio que da cuenta el presente instrumento, mediante declaración expresa de sus representantes legales, o de uno cualquiera de sus apoderados sin ser necesaria la modificación de las presentes bases.
V. PREMIO
Se realizará un sorteo entre todos aquellos que cumplan las condiciones y términos establecidos en el presente instrumento, donde se sorteará el premio detallado en el punto III de manera aleatoria con la herramienta de sorteos en línea App Sorteos.
El Premio no será canjeable por dinero en efectivo y no es transferible. Tampoco será acumulable con otras promociones desarrolladas por la Sociedad.
VI. SORTEO
1. El sorteo se realizará el 30 de Enero de 2024 entre todos los participantes que hayan realizado correctamente la dinámica establecida en el punto III y que cumplan con todas las condiciones establecidas en el punto II de las presentes bases, desde la fecha de la publicación hasta las 23:59 horas del 29 de Enero del 2024.
2. El sorteo del premio se realizará con una aplicación de sorteo aleatorio.
VII. FECHA Y PUBLICACIÓN DEL GANADOR
1. El o la ganadora se informará mediante correo electrónico el día 30 de Enero del 2024. A tal efecto, los participantes se autorizan desde ya a difundir y/o publicar sus nombres en la cuenta de Instagram o cualquier otro medio que el organizador decidiera utilizar, sin derecho a contraprestación alguna.
El ganador debe enviar los siguientes datos cuando sea contactado:
a) Nombre completo
b) Domicilio completo
c) Teléfono de contacto
d) Correo electrónico
2. La sociedad Smartmarket se obliga a mantener reserva absoluta respecto a la información otorgada por el beneficiario, de conformidad a lo indicado en el número anterior. A mayor abundamiento, la Sociedad se obliga a guardar absoluta confidencialidad respecto a los datos compartidos por el ganador, por lo que declara que no pondrá, de forma alguna, a disposición de terceros la información entregada.”
3. Es responsabilidad exclusiva de cada participante revisar oportunamente las notificaciones de sus redes sociales y tomar todas las medidas necesarias para recibir efectivamente la notificación que le informa ser ganador del Concurso. El organizador no es responsable del hecho que los participantes por cualquier causa no puedan recibir o leer sus notificaciones, por causas que no fueren imputables a Smartmarket.
4. El organizador hará los mayores esfuerzos por contactar al ganador por un máximo de tres veces, dentro de un plazo de 5 días corridos contados desde la fecha de la publicación del ganador, plazo dentro del cual el ganador deberá reclamar el Premio. Smartmarket en ninguna circunstancia será responsable en caso de que no pueda contactar al ganador luego de los tres intentos antes señalados, por causas que no fueren imputables a Smartmarket.
5. En el evento que el organizador no logre contactar al ganador y/o este o su representante, según corresponda, no reclamare su premio dentro del plazo de 5 días antes indicado, el organizador podrá realizar una nueva elección del ganador o bien declararlo desierto.
La nueva elección del ganador se hará de conformidad a lo señalado en el punto VI anterior. A su vez, este deberá cumplir con los mismos términos y condiciones establecidas en las presentes bases.
6. El organizador se reserva la facultad de modificar la fecha, hora y lugar de la elección de los ganadores si este no pudiese ser efectuado, lo que será debidamente informado a los participantes a través de la cuenta de Instagram y Facebook.
7. El organizador se reserva el derecho de realizar un cambio en el ganador si es que la cuenta seleccionada es de carácter vulgar, ofensivo, incite al odio o promociona algún tipo de discriminación.
VIII. PLAZO DE ENTREGA DE PREMIOS
1. El premio será enviado por despacho tradicional, a costo de la Sociedad, a la dirección proporcionada por el ganador. Una vez despachado el premio, se efectuarán tres intentos de entrega en un plazo de 30 días corridos contados desde la fecha de la publicación del resultado del sorteo. Si después de estos tres intentos no se logra entregar el premio por la ausencia del ganador en la dirección proporcionada, el organizador se reserva el derecho de no entregar el premio y declarar el concurso como desierto.
IX. CONDICIONES GENERALES Y PARTICULARES
1. Por la sola circunstancia de participar en el concurso establecido en las presentes bases, es que se presupone que el Participante conoce, comprende y acepta completamente los términos y condiciones de la presente y todas y cada una de las normas, reglas, términos y condiciones relativas a su participación y premiación. En caso de resultar ganador, acepta la publicación y difusión de la entrega del premio con su nombre y otros datos que puedan ser solicitados en los medios que el organizador estime necesarios, sin perjuicio de lo establecido en el número 1 del punto VII de las presentes bases, relativos a los datos de carácter privado que son entregados por el ganador.
2. El organizador no se responsabiliza por las dificultades que puedan tener los concursantes en su participación en el Concurso debido a problemas de conexión o fallas relacionadas con los equipos que utilicen, así como problemas de conexión a internet, entre otros.
3. El organizador se reserva el derecho de comprobar la veracidad de los datos proporcionados por cada persona, para efectos de participar en el Concurso o hacer efectivo el Premio.
4. La participación en este Concurso exige buena fe de sus participantes, de modo que quedan excluidos de él y perderán todo derecho al Premio, aquellos participantes que ejecuten o intenten ejecutar cualquier tipo de acto que busque obtener una ventaja ilegítima en relación a los demás participantes del Concurso.
5. Las bases podrán ser consultadas en la página web www.cheflab.cl, donde serán publicadas oportunamente. El organizador se reserva el derecho de modificar y enmendar las bases por causa justificada, comunicando a los participantes de su ocurrencia a través de los medios que determine.
X. EFECTOS
Para todos los efectos a que haya lugar, serán competentes los Tribunales de Justicia de la ciudad de Santiago, República de Chile.